El suelo es importante, el suelo es vida y por ello debe haber leyes que regulen su cuidado.
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REGLAMENTO PARA EL CUIDADO DEL SUELO FÉRTIL
Cláusula 1.- Queda estrictamente prohibido el uso del suelo fértil, para la urbanización a menos que se solicite un permiso.
Cláusula 2.- Todo ciudadano que sea dueño de tierras fértiles, y/o las trabaje deberá asistir a cursos de capacitación para dar un buen uso a las mismas.
Cláusula 3.- Todos los terrenos que no sean trabajados por un largo periodo de tiempo, pasarán a ser propiedad de una organización que esté a favor del medio ambiente.
Cláusula 4.- El gobierno deberá apoyar con recursos que ayuden al mantenimiento de los suelos.
Cláusula 5.- Las personas que usen un exceso de fertilizantes, pesticidas o insecticidas, serán sancionados por el gobierno con la multa que el mismo considere.
Cláusula 6.- Todo ciudadano que posea terrenos cultivables, deberá dejar descansar la tierra mediante la intercalación de la siembra de diferentes semillas, que a su vez necesiten la cantidad de nutrientes que las mismas lleguen a necesitar.
Cláusula 7.- Las industrias que tiren sus desechos (sólidos o químicos) serán clausuradas durante un lapso de dos meses, con la multa asignada por la autoridad competente para resarcir los daños.
Cláusula 8.- Está prohibida la creación de vertederos en suelos fértiles que se encuentren cerca de zonas urbanas y rurales, de ser así se verá obligado a apoyar con recursos que serán utilizados para la rehabilitación de la zona.
Cláusula 9.- Se deberá elegir a un representante de cada localidad para supervisar cada dos meses las tierras de cultivo, con el fin de que el uso de dichas tierras sea el adecuado.
Cláusula 10.- Cada 6 meses se llevara a cabo un curso en donde se mostraran técnicas sobre agricultura y uso de suelo fértil para que haya una producción favorable para los productores sin dañar el suelo, por lo que aquellos que sean poseedores de tierras fértiles y que sean productores a gran escala se verán en la obligación de asistir a estos cursos. Cláusula 11.- Deberá evitarse el uso de tractores o maquinaria que puedan compactar el suelo (volviéndolo infértil), de lo contrario quedará fuera de cualquier apoyo que brinde el gobierno a este sector.
Cláusula 12.- Todo individuo que se sorprenda provocando algún incendio en zonas fértiles será remitido al ministerio público, pugnando una sentencia de 2 años y una multa de 500 salarios mínimos.
Cláusula 13.- La presencia en el ambiente de uno o más contaminantes o cualquier combinación de ellos que cause desequilibrio en el suelo fértil, será sancionado por la privatización de sus terrenos de manera temporal o definitiva
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